Asigna a la Secretaria de Agricultura la responsabilidad de aplicar la ley mediante convenios de coordinacion con dependencias federales y gobiernos estatales. Incluye participacion de Consejos para Desarrollo Rural Sustentable.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en adelante “La Secretaría”, será responsable de aplicar las disposiciones del presente ordenamiento, para lo cual establecerá los convenios de coordinación necesarios con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y municipales.
Para todo propósito correlativo con lo anterior, la Secretaría procederá tomando en cuenta las disposiciones contenidas en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en cuanto a los procedimientos de planeación, organización, ejecución y evaluación, incluyendo la participación del Consejo Nacional, los Estatales, Distritales y Municipales para el Desarrollo Rural Sustentable y los Comités de Sistema- Producto, siguiendo criterios de federalización y descentralización.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La Secretaria es responsable de toda la operacion, incluyendo seguimiento y control. Esto significa que cambios administrativos o en politica agricola pueden impactar directamente el acceso y vigencia del Sistema para productores.
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Art. 3. Propositos del Sistema de Garantias
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Art. 5. Beneficiarios y criterios de prioridad
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