SSA puede autorizar o negar fundada y motivadamente si solicitud incumple requisitos, informacion es falsa o incompleta, o si riesgos afectaran salud humana con dano grave o irreversible. Resolucion basada en sustento cientifico.
La SSA expedirá su resolución, una vez que haya analizado la información y documentación aportados por el interesado. Dicha Secretaría en su resolución podrá, fundada y motivadamente:
I. Expedir la autorización, o
II. Negar la autorización en los siguientes casos:
A) Cuando la solicitud no cumpla con lo establecido en esta Ley o las normas oficiales mexicanas como requisitos para el otorgamiento de la autorización;
B) Cuando la información proporcionada por el interesado sea falsa, esté incompleta o sea insuficiente, o
C) Cuando la SSA concluya que los riesgos que pueden presentar dichos organismos afectarán negativamente a la salud humana, pudiéndole causar daños graves o irreversibles.
La SSA basará sus resoluciones de acuerdo con la identificación científica y técnicamente sustentada de los posibles riesgos que pudieran generar los OGMs, y de la posibilidad real de afectación a la salud humana por dichos organismos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Criterios son amplios pero bien definidos. Negacion por informacion falsa o incompleta es comun. Recomendamos revisiones multiples antes de presentar y declarar expresamente inocuidad conforme normas internacionales reconocidas.
Anterior
Art. 95. Plazo para expedicion de autorizacion
Siguiente
Art. 97. Comercializacion de OGMs autorizados
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo