Solo permite liberar OGMs distintos a especies nativas en centros de origen y diversidad genetica, siempre que no cause afectacion negativa a salud humana o biodiversidad. Restringe significativamente actividades en estas zonas.
En los centros de origen y de diversidad genética de especies animales y vegetales sólo se permitirá la realización de liberaciones de OGMs cuando se trate de OGMs distintos a las especies nativas, siempre que su liberación no cause una afectación negativa a la salud humana o a la diversidad biológica.
CAPÍTULO II De las Actividades con OGMs en Áreas Naturales Protegidas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion crea barrera importante para proyectos agricolas en centros de origen. Cualquier liberacion requiere demostracion cientifica de que el OGM es distinto a la especie nativa y no causara dano. Presupuestar estudios de impacto ambiental robustos.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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