LBOGM

Artículo 79. Casos que requieren aviso

Este artículo detalla los casos específicos en los que se requiere la presentación de un aviso, incluyendo la producción y manejo de OGMs con fines de enseñanza e investigación.

requisitosavisoogms

Texto Legal

Requieren de presentación de aviso:

I. Los OGMs que se manejen, generen y produzcan con fines de enseñanza e investigación científica y tecnológica;

II. La integración de las comisiones internas de bioseguridad, incluyendo el nombre del o los responsables de dichas comisiones;

III. La primera utilización de laboratorios o instalaciones específicas de enseñanza o investigación científica y tecnológica en las que se manejen, generen y produzcan OGMs;

IV. La producción de OGMs que se utilicen en procesos industriales, y

V. La primera utilización de instalaciones específicas en donde se produzcan los OGMs a que se refiere la fracción anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer los casos que requieren aviso es fundamental para cumplir con la ley. Las organizaciones deben establecer protocolos claros para asegurar que se presenten los avisos necesarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del LBOGM?

Este artículo detalla los casos específicos en los que se requiere la presentación de un aviso, incluyendo la producción y manejo de OGMs con fines de enseñanza e investigación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Conocer los casos que requieren aviso es fundamental para cumplir con la ley. Las organizaciones deben establecer protocolos claros para asegurar que se presenten los avisos necesarios.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 79 del LBOGM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 79 LBOGM desde tu celular