LBOGM

Artículo 24. Comites tecnicos cientificos secretariales

Las Secretarias pueden establecer comites tecnicos cientificos para apoyo en resolucion de solicitudes de permisos, autorizaciones y avisos. Su organizacion se define en disposiciones reglamentarias.

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Texto Legal

Las Secretarías podrán establecer comités técnicos científicos que les proporcionen apoyo en la resolución de expedientes de solicitudes de permisos y autorizaciones, así como en materia de avisos. Las disposiciones reglamentarias de esta Ley determinarán las bases de organización y funcionamiento de dichos comités.

CAPÍTULO V De la Coordinación con las Entidades Federativas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los comites son optionales, no obligatorios. La reglamentacion determina su funcionamiento. Estos comites agilizan la evaluacion tecnica pero no son vinculantes. Revisar que existan en Secretarias clave como SEMARNAT y SAGARPA.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LBOGM?

Las Secretarias pueden establecer comites tecnicos cientificos para apoyo en resolucion de solicitudes de permisos, autorizaciones y avisos. Su organizacion se define en disposiciones reglamentarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Los comites son optionales, no obligatorios. La reglamentacion determina su funcionamiento. Estos comites agilizan la evaluacion tecnica pero no son vinculantes. Revisar que existan en Secretarias clave como SEMARNAT y SAGARPA.

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