Indica que las disposiciones del Capitulo Unico del Titulo Cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo son aplicables supletoriamente respecto a responsabilidades administrativas, con excepcion del articulo 70-A.
Son aplicables supletoriamente a este Capítulo en cuanto a responsabilidades administrativas, las disposiciones del Capítulo Único del Título Cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, con excepción del artículo 70-A de dicho ordenamiento.
TÍTULO DECIMOSEGUNDO Recurso de Revisión
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es principalmente procedimental y remite a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La excepcion al articulo 70-A debe verificarse en la LFPA vigente para entender sus implicaciones especificas en materia de bioseguridad de OGMs.
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