LBOGM

Artículo 114. Requisitos para visitas de inspección

Se establecen requisitos y formalidades para las visitas de inspección, aplicando disposiciones de otras leyes cuando sea necesario. Esto asegura un proceso transparente y justo.

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Texto Legal

Por lo que hace a los requisitos y formalidades que deben observarse en la realización de visitas de inspección y vigilancia, son aplicables supletoriamente a este Capítulo las disposiciones del Capítulo Decimoprimero del Título Tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En materia de restauración o compensación de daños al medio ambiente o a la diversidad biológica, podrá ser aplicable lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 168 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

CAPÍTULO II Medidas de Seguridad o de Urgente Aplicación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es recomendable que las empresas conozcan estos requisitos para estar preparadas ante posibles inspecciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LBOGM?

Se establecen requisitos y formalidades para las visitas de inspección, aplicando disposiciones de otras leyes cuando sea necesario. Esto asegura un proceso transparente y justo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Es recomendable que las empresas conozcan estos requisitos para estar preparadas ante posibles inspecciones.

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