LAAT

Artículo 14. Campana nacional permanente

La Secretaria del Trabajo elaborara y difundira una campana nacional permanente para promover beneficios de ayuda alimentaria, coordinando con Secretaria de Salud para aspectos de salud ocupacional.

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Texto Legal

La Secretaría elaborará y difundirá una campaña nacional permanente encaminada a promover los beneficios para los patrones y los trabajadores vinculados al otorgamiento de ayuda alimentaria en los términos, las modalidades y condiciones previstos en esta Ley. Para la incorporación en las campañas de referencias a los beneficios en materia de salud ocupacional, la Secretaría se coordinará con la Secretaría de Salud.

TÍTULO TERCERO EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA

Capítulo I Comisión Tripartita

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta es una accion de gobierno para sensibilizar patrones y trabajadores. Aunque no es obligacion empresarial, los patrones pueden aprovechar materiales de campana para justificar internamente el programa ante trabajadores y sindicatos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LAAT?

La Secretaria del Trabajo elaborara y difundira una campana nacional permanente para promover beneficios de ayuda alimentaria, coordinando con Secretaria de Salud para aspectos de salud ocupacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores?

Esta es una accion de gobierno para sensibilizar patrones y trabajadores. Aunque no es obligacion empresarial, los patrones pueden aprovechar materiales de campana para justificar internamente el programa ante trabajadores y sindicatos.

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