LAC

Artículo 82 Quater. Coadyuvancia entre autoridades en investigaciones

Obliga a Agencia Federal a cooperar con autoridades competentes e intercambiar informacion sobre investigaciones de accidentes e incidentes.

cooperacion interinstitucionalintercambio de informacionautoridades competentes
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 14 de noviembre de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

La Agencia Federal de Aviación Civil debe coadyuvar con las diversas autoridades competentes que participen en la investigación a la que se refiere el presente capítulo y, en su caso, intercambiar la información relacionada con la investigación de accidentes o incidentes, de conformidad con el reglamento correspondiente y las disposiciones técnico-administrativas que se emitan para tal efecto. Artículo adicionado DOF 03-05-2023

Capítulo XVII De la requisa

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Facilita coordinacion entre dependencias militares, civiles y autoridades penales. Importante para entender cadena de custodia de informacion y tiempos de procedimientos paralelos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82 Quater del LAC?

Obliga a Agencia Federal a cooperar con autoridades competentes e intercambiar informacion sobre investigaciones de accidentes e incidentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82 Quater de la LEY de Aviación Civil?

Facilita coordinacion entre dependencias militares, civiles y autoridades penales. Importante para entender cadena de custodia de informacion y tiempos de procedimientos paralelos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 82 Quater del LAC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 82 Quater LAC desde tu celular