Asigna a la Secretaria funciones de planificacion, otorgamiento de concesiones, servicios de navegacion, investigacion de accidentes y expedicion de normas tecnicas.
Corresponde a la Secretaría, en materia de aviación civil y aeroportuaria, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
I. Planear, formular y conducir las políticas y programas para la regulación y desarrollo de los servicios de transporte aéreo;
II. Otorgar concesiones, asignaciones y permisos, verificar su cumplimiento y, en su caso, resolver sus modificaciones, prórrogas o terminaciones;
III. Prestar servicios a la navegación aérea;
IV. Dirigir y controlar las operaciones de búsqueda y salvamento en accidentes de aeronaves civiles;
V. Investigar accidentes e incidentes sufridos por aeronaves civiles y emitir el informe preliminar y definitivo correspondiente, a través de la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos;
VI. Expedir las disposiciones técnico-administrativas en materia de búsqueda y salvamento, así como de investigación de accidentes e incidentes para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y en los tratados de los que el Estado mexicano es parte, mismas que deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación y difundirse en la Publicación de Información Aeronáutica de México;
VII. Autorizar la cesión total o parcial, hipoteca, gravamen, transferencia o enajenación de las concesiones o los derechos en ellas conferidos a otros particulares, nacionales o extranjeros;
LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VIII. Interpretar la presente Ley, sus reglamentos y demás normativa aplicable para efectos administrativos;
IX. Expedir en los términos de la normativa aplicable las normas oficiales mexicanas, y
X. Las demás atribuciones que esta Ley y otros ordenamientos jurídicos aplicables le otorgan a la Secretaría en materias relacionadas con el servicio de transporte aéreo civil. Artículo reformado DOF 28-12-2001, 05-07-2006, 21-05-2013, 18-06-2018, 20-05-2021, 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Define autoridad regulatoria principal. Necesario identificar ante qué dependencia tramitar permisos y concesiones. Las modificaciones recientes amplian facultades de interpretacion normativa.
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