Concesionarios, asignatarios y permisionarios regulares deben informar a la AFAC sobre acuerdos comerciales y cooperacion celebrados con aerolineas nacionales o extranjeras dentro de 30 dias.
Las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias regulares deben enviar a la Agencia Federal de Aviación Civil, para su conocimiento, los acuerdos comerciales y de cooperación que celebren entre sí o con aerolíneas extranjeras, dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la celebración de los mismos. Artículo reformado DOF 18-06-2018, 03-05-2023
Sección Tercera De los servicios aéreos a terceros Denominación de la Sección reformada DOF 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Obligacion de transparencia regulatoria. El plazo de 30 dias es contado desde celebracion del acuerdo. Incluye alianzas codeshare, acuerdos de capacidad compartida y joint ventures. Falta de notificacion puede resultar en sanciones.
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