LAPP

Artículo 8. Interpretacion administrativa de la ley

SHCP tiene facultad para interpretar la Ley en asuntos administrativos; SFP interpreta en temas de propiedad inmobiliaria federal y responsabilidades de servidores publicos.

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Texto Legal

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará facultada para interpretar la presente Ley para efectos administrativos, para lo cual deberá requerir y considerar la opinión de la dependencia o entidad interesada. Tratándose de asuntos relacionados con el régimen de propiedad inmobiliaria federal, avalúos y de responsabilidades de los servidores públicos, la interpretación de esta Ley corresponderá a la Secretaría de la Función Pública.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Identifica autoridades interpretativas segun materia. Para consultas no urgentes, solicitar interpretacion formal a SHCP; para inmuebles federales o conductas irregulares, dirigirse a SFP. Estas interpretaciones no son vinculantes pero generan expectativas legitimas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del LAPP?

SHCP tiene facultad para interpretar la Ley en asuntos administrativos; SFP interpreta en temas de propiedad inmobiliaria federal y responsabilidades de servidores publicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Identifica autoridades interpretativas segun materia. Para consultas no urgentes, solicitar interpretacion formal a SHCP; para inmuebles federales o conductas irregulares, dirigirse a SFP. Estas interpretaciones no son vinculantes pero generan expectativas legitimas.

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