LASoc

Artículo 50. Proteccion de bienes de instituciones privadas

Las autoridades publicas no pueden disponer de bienes y recursos que pertenezcan a instituciones privadas de asistencia social. Garantiza la inviolabilidad patrimonial de entidades privadas.

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Texto Legal

Las autoridades públicas no podrán disponer de los bienes y recursos que pertenezcan a las instituciones privadas de asistencia social.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proteccion constitucional del patrimonio de ONGs. Abogados deben invocar ante cualquier intento de confiscacion o incautacion de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LASoc?

Las autoridades publicas no pueden disponer de bienes y recursos que pertenezcan a instituciones privadas de asistencia social. Garantiza la inviolabilidad patrimonial de entidades privadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY de Asistencia Social?

Proteccion constitucional del patrimonio de ONGs. Abogados deben invocar ante cualquier intento de confiscacion o incautacion de bienes.

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