LASoc

Artículo 36. Requisitos del director general

El Director General debe ser ciudadano mexicano mayor de treinta anos con experiencia en administracion y asistencia social. Es designado y removido libremente por el Presidente de la Republica.

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Texto Legal

El Director General será ciudadano mexicano, mayor de treinta años de edad y con experiencia en materia administrativa y de asistencia social.

El Presidente de la República designará y removerá libremente al Director General.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cargo de confianza presidencial con cambio frecuente en transiciones. Identificar nueva administracion es paso inicial al cambio de gobierno; establece prioridades y lineamientos que afectaran politicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LASoc?

El Director General debe ser ciudadano mexicano mayor de treinta anos con experiencia en administracion y asistencia social. Es designado y removido libremente por el Presidente de la Republica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de Asistencia Social?

Cargo de confianza presidencial con cambio frecuente en transiciones. Identificar nueva administracion es paso inicial al cambio de gobierno; establece prioridades y lineamientos que afectaran politicas.

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