Las patentes de Mayor a General de División requieren firma conjunta del Presidente y el Secretario. Establece el protocolo formal de los ascensos de alto rango.
Las patentes que corresponden a los grados de Mayor a General de División, serán firmadas por el Presidente de la República y por el Secretario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La firma conjunta de autoridades superiores refuerza la solemnidad de ascensos a rangos altos. Para efectos de impugnacion o verificacion de legitimidad, ambas firmas son requisito sine qua non.
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Art. 40. Firma de patentes grados menores
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Art. 42. Contenido obligatorio de patentes
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