LAREFAGN

Artículo 35. Supuestos de exclusion de ascensos

No se asciende a militares con licencia ilimitada, retirados, sujetos a proceso penal, procesados en ultimo año, mayores de edad limite o en retiro potestativo.

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Texto Legal

No serán conferidos ascensos a los militares que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

I. Con licencia ilimitada, especial o por edad límite; Fracción reformada DOF 12-06-2009

II. Retirados del Activo;

III. Sujetos a proceso, prófugos o cumpliendo sentencia condenatoria en el orden penal;

IV. Haber estado sujeto a proceso en el que se haya retirado la acción penal dentro del último año de su antigüedad;

V. Haber alcanzado la edad límite que señala la ley de la materia, y

VI. Encontrarse en trámite de retiro potestativo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Causales negativas objetivas que bloquean ascensos. Inciso IV (proceso con retiro de accion dentro de ultimo año) es especialmente delicado; requiere revisar fechas exactas de procesos. Verificar status legal en expediente antes de participar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LAREFAGN?

No se asciende a militares con licencia ilimitada, retirados, sujetos a proceso penal, procesados en ultimo año, mayores de edad limite o en retiro potestativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fue...?

Causales negativas objetivas que bloquean ascensos. Inciso IV (proceso con retiro de accion dentro de ultimo año) es especialmente delicado; requiere revisar fechas exactas de procesos. Verificar status legal en expediente antes de participar.

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