LAAM

Artículo 9. Cumplimiento de requisitos posascenso

Requiere que personal ascendido por meritos especiales o tiempo de guerra cumpla requisitos de su nuevo grado para participar en futuras promociones.

meritos especialestiempo de guerracumplimiento de requisitospromociones

Texto Legal

Cuando se obtenga un ascenso por méritos especiales o por las causas establecidas para tiempo de guerra, el personal ascendido deberá cumplir con lo previsto en esta Ley y demás disposiciones para ese grado, a efecto de poder tomar parte en promociones posteriores. Artículo reformado DOF 27-08-2010, 17-12-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cierra vacio legal evitando que ascensos excepcionales generen excepciones perpetuas. Personal debe demostrar aptitud en nuevo grado antes de futuras convocatorias. Reforma 2025 refuerza esta disposicion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LAAM?

Requiere que personal ascendido por meritos especiales o tiempo de guerra cumpla requisitos de su nuevo grado para participar en futuras promociones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Ascensos de la Armada de México?

Cierra vacio legal evitando que ascensos excepcionales generen excepciones perpetuas. Personal debe demostrar aptitud en nuevo grado antes de futuras convocatorias. Reforma 2025 refuerza esta disposicion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 9 del LAAM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 9 LAAM desde tu celular