LAAM

Artículo 52. Recurso de inconformidad por ascenso

Personal naval puede interponer inconformidad ante Junta Naval por exclusion del concurso o postergacion en ascensos. Establece derecho de reclamo ante decision negativa.

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Texto Legal

El personal naval podrá interponer el recurso de inconformidad ante la Junta Naval por sentirse afectado en sus derechos, por exclusión del concurso de selección para ascenso o por postergación. Artículo reformado DOF 17-12-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reformado en 2025. Este recurso es derecho fundamental del militar; asegurar que todo afectado conozca existencia y plazo de treinta dias naturales. Las juntas navales deben tener procedimientos claros y documentados para substanciar inconformidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LAAM?

Personal naval puede interponer inconformidad ante Junta Naval por exclusion del concurso o postergacion en ascensos. Establece derecho de reclamo ante decision negativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY de Ascensos de la Armada de México?

Reformado en 2025. Este recurso es derecho fundamental del militar; asegurar que todo afectado conozca existencia y plazo de treinta dias naturales. Las juntas navales deben tener procedimientos claros y documentados para substanciar inconformidades.

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