Despachos de Almirantes y Capitanes de Navio requieren firmas del Mando Supremo y Alto Mando, mas gran sello de la Nacion. Establece protocolo para grados superiores.
Los despachos del personal de Almirantes y de Capitanes de Navío serán legalizados con las firmas del Mando Supremo y del Alto Mando y llevarán el gran sello de la Nación. Artículo reformado DOF 27-08-2010, 17-12-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo reformado en 2010 y 2025. Requiere coordinar entre dos maximas autoridades; asegurar que ambas firmas se obtengan antes de expedicion. El gran sello agrega formalidad y solemnidad apropiadas para grados supremos.
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Art. 46. Datos obligatorios en despachos
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Art. 48. Legalizacion de despachos grados intermedios
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