El Mando Supremo puede ascender personal por meritos especiales cuando desarrollen inventos, salven vidas, bienes nacionales o demuestren alto valor y patriotismo. Esta disposicion permite reconocer actos extraordinarios fuera del proceso regular de ascensos.
El Mando Supremo, a propuesta del Alto Mando, podrá ascender al personal de la Armada de México, por méritos especiales cuando realice cualquiera de los hechos siguientes:
I.- Desarrollar un invento que beneficie a la nación o a la institución;
II.- Efectuar un acto que salve vidas humanas con riesgo de la propia;
III.- Efectuar un acto que salve bienes materiales de la nación, con riesgo de su vida, y
IV.- Efectuar actos en los que se demuestre un alto valor, espíritu de cuerpo o amor a la patria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental en la ley pues establece una via alternativa de ascenso basada en heroismo y contribucion nacional. Los abogados deben documentar adecuadamente cada acto meritorio para justificar la propuesta ante el Alto Mando, ya que la discrecionalidad requiere argumentacion solida.
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