Personal excluido de concurso por enfermedad u otra fuerza mayor comprobada sera convocado al desaparecer causas, dentro del periodo establecido.
Cuando una persona militar de la Armada sea excluida por estar imposibilitada para participar en el concurso de selección por enfermedad u otras causas de fuerza mayor comprobadas, será convocada para determinar su derecho al ascenso, al desaparecer las causas que motivaron la exclusión, siempre y cuando pueda concursar dentro del periodo que al efecto se establezca. Artículo reformado DOF 27-08-2010, 17-12-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Protege derechos de personal con impedimento temporal. Reforma 2025 refuerza obligacion de institucio invocar plazos razonables. Causas de fuerza mayor deben estar documentadas medicamente. Personal debe solicitar dentro de plazo regulatorio.
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