Federaciones son instituciones de interes publico con personalidad juridica y patrimonio propios. Pueden adoptar cualquier naturaleza juridica sin fines lucrativos y se abstienen de actividades politicas.
Las Federaciones serán instituciones de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, podrán adoptar cualquier naturaleza jurídica, siempre que no tenga fines lucrativos. Las actividades de las Federaciones serán las propias de su objeto y se abstendrán de realizar actividades políticas partidistas. Artículo reformado DOF 13-08-2009
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo que define marco legal de Federaciones como organismos supervisores. Su caracter sin fines lucrativos afecta estructura fiscal; contadores deben verificar cumplimiento de requisitos impositivos de organismos no lucrativos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo