LACP

Artículo 147. Notificaciones de actos procedimentales

Autorizaciones, revocaciones y actos derivados de tramites del interesado se notifican entregando oficio en oficinas, o por correo ordinario, telegrama, fax, email o mensajeria cuando el interesado lo solicite.

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Texto Legal

Las autorizaciones, revocaciones de autorizaciones solicitadas por el interesado o su representante, los actos que provengan de trámites promovidos a petición del interesado y demás actos distintos a los señalados en el artículo 146 de esta Ley, podrán notificarse mediante la entrega del oficio en el que conste el acto correspondiente, en las oficinas de la autoridad que realice la notificación, recabando en copia de dicho oficio la firma y nombre de la persona que la reciba.

Asimismo, las autoridades financieras podrán efectuar dichas notificaciones por correo ordinario, telegrama, fax, correo electrónico o mensajería cuando el interesado o su representante se lo soliciten por escrito señalando los datos necesarios para recibir la notificación, dejando constancia en el expediente respectivo, de la fecha y hora en que se realizó. LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

También, se podrán notificar los actos a que se refiere el primer párrafo del presente Artículo por cualquiera de las formas de notificación señaladas en el Artículo 146 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 13-08-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Procedimiento mas flexible para comunicaciones no punitivas. Establecer canales de comunicacion preferente por email con autoridades: agiliza procesos. Solicitar por escrito cambios de medio de notificacion para facilitar recepcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 147 del LACP?

Autorizaciones, revocaciones y actos derivados de tramites del interesado se notifican entregando oficio en oficinas, o por correo ordinario, telegrama, fax, email o mensajeria cuando el interesado lo solicite.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 147 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular?

Procedimiento mas flexible para comunicaciones no punitivas. Establecer canales de comunicacion preferente por email con autoridades: agiliza procesos. Solicitar por escrito cambios de medio de notificacion para facilitar recepcion.

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