El Ejecutivo Federal promoverá la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno para la gestión de recursos hídricos. Esto incluye la participación de usuarios y organizaciones en la toma de decisiones.
Para el cumplimiento y aplicación de esta Ley, el Ejecutivo Federal:
I. Promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de los estados y de los municipios, sin afectar sus facultades en la materia y en el ámbito de sus correspondientes atribuciones. La coordinación de la planeación, realización y administración de las acciones de gestión de los recursos hídricos por cuenca hidrológica o por región hidrológica será a través de los Consejos de Cuenca, en cuyo seno convergen los tres órdenes de gobierno, y participan y asumen compromisos los usuarios, los particulares y las organizaciones de la sociedad, conforme a las disposiciones contenidas en esta Ley y sus reglamentos;
LEY DE AGUAS NACIONALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Fomentará la participación de los usuarios del agua y de los particulares en la realización y administración de las obras y de los servicios hidráulicos, y
III. Favorecerá la descentralización de la gestión de los recursos hídricos conforme al marco jurídico vigente. Artículo reformado DOF 29-04-2004
Capítulo II Ejecutivo Federal
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La colaboración entre diferentes niveles de gobierno es esencial para una gestión efectiva del agua. Los contadores y abogados deben estar atentos a las oportunidades de participación ciudadana en este proceso.
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