Este artículo especifica a quién deben otorgarse las garantías en los contratos, incluyendo la Tesorería de la Federación y entidades estatales. Asegura que las garantías se dirijan a las instancias correctas.
Las garantías que deban otorgarse conforme a esta Ley se constituirán en favor de: I. La Tesorería de la Federación, por actos o contratos que se celebren con las dependencias; II. Las entidades, cuando los actos o contratos se celebren con ellas, y III. Las Tesorerías de las entidades federativas o de los municipios, en los casos de los contratos celebrados al amparo de la fracción V del artículo 1 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben asegurarse de que las garantías se constituyan correctamente a favor de las entidades correspondientes para evitar problemas legales. La falta de cumplimiento puede llevar a sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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