LCF

Artículo 45. Fondo de Aportaciones para la Educacion Tecnologica y de Adultos (FAETA)

Establece el Fondo de Aportaciones para la Educacion Tecnologica y de Adultos, cuyos recursos se destinan a los servicios de educacion tecnologica y educacion para adultos en cada entidad federativa.

faetaeducacion-tecnologicaeducacion-adultosconalepinea

Texto Legal

Articulo 45 - FAETA

El Fondo de Aportaciones para la Educacion Tecnologica y de Adultos (FAETA) se determinara anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion.

Integracion

El fondo se integra con los recursos destinados a:

- I. Los servicios de educacion tecnologica que imparten los Colegios de Educacion Profesional Tecnica (CONALEP) en las entidades.
- II. Los servicios de educacion para adultos que proporcionan los Institutos Estatales de Educacion para los Adultos (INEA).

Distribucion

La distribucion se realizara conforme a los convenios de coordinacion celebrados entre el Gobierno Federal y cada entidad, considerando:

- La matricula atendida en cada subsistema
- La plantilla de personal docente y administrativo
- Los costos de operacion de los planteles y centros

Destino de los recursos

Los recursos se aplicaran a:

- Pago de servicios personales (sueldos, prestaciones y seguridad social)
- Gastos de operacion de los planteles educativos
- Adquisicion de materiales y equipamiento didactico
- Mantenimiento de infraestructura educativa

Supervision

La SEP, a traves de las instancias competentes, supervisara la correcta aplicacion de los recursos del FAETA y evaluara la calidad de los servicios educativos prestados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El FAETA financia la educacion tecnologica y la educacion de adultos en los estados. En SDV Asesores de Negocio destacamos que la formacion tecnica de la fuerza laboral impacta directamente en la productividad empresarial, por lo que estos recursos son relevantes para el desarrollo economico regional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LCF?

Establece el Fondo de Aportaciones para la Educacion Tecnologica y de Adultos, cuyos recursos se destinan a los servicios de educacion tecnologica y educacion para adultos en cada entidad federativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la Coordinacion Fiscal?

El FAETA financia la educacion tecnologica y la educacion de adultos en los estados. En SDV Asesores de Negocio destacamos que la formacion tecnica de la fuerza laboral impacta directamente en la productividad empresarial, por lo que estos recursos son relevantes para el desarrollo economico regional.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 45 del LCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 45 LCF desde tu celular