LCF

Artículo 34. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)

Crea y regula el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, cuyo monto se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion.

fafeffortalecimientoinfraestructurasaneamiento-financieropensionescatastro

Texto Legal

Articulo 34 - FAFEF

El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF) se determinara anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion con recursos federales por un monto equivalente al 1.40% de la recaudacion federal participable.

Distribucion

El fondo se distribuira entre las entidades federativas conforme a las siguientes proporciones:

- I. El 50% en proporcion inversa a las participaciones per capita que cada entidad reciba del Fondo General.
- II. El 50% restante conforme al coeficiente efectivo del Fondo General de Participaciones.

Destino de los recursos

Los recursos del FAFEF se destinaran a:

- a) Inversion en infraestructura fisica, incluyendo construccion, reconstruccion, ampliacion y mantenimiento
- b) Saneamiento financiero de las entidades, incluyendo reestructuracion de deuda publica
- c) Apoyo a los sistemas de pensiones estatales
- d) Modernizacion de los registros publicos de la propiedad y catastros
- e) Fortalecimiento de los proyectos de investigacion cientifica y desarrollo tecnologico

Rendicion de cuentas

Las entidades informaran trimestralmente al Congreso de la Union y a la SHCP sobre el ejercicio y destino de los recursos, conforme a las reglas aplicables a las aportaciones federales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El FAFEF apoya el saneamiento financiero y la inversion productiva de los estados. En SDV Asesores de Negocio senalamos que los estados pueden destinar estos recursos a proyectos de infraestructura que impacten en el entorno empresarial, como caminos, agua potable y electrificacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LCF?

Crea y regula el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, cuyo monto se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la Coordinacion Fiscal?

El FAFEF apoya el saneamiento financiero y la inversion productiva de los estados. En SDV Asesores de Negocio senalamos que los estados pueden destinar estos recursos a proyectos de infraestructura que impacten en el entorno empresarial, como caminos, agua potable y electrificacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 34 del LCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 34 LCF desde tu celular