LCF

Artículo 3-B. Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion

Establece el Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion, integrado con el 1.25% de la recaudacion federal participable, y define los criterios para su distribucion entre las entidades federativas.

fondo-fiscalizacionrecaudacioneficiencia-recaudatoriaparticipacioneshaciendas-locales

Texto Legal

Articulo 3-B - Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion

El Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion se integrara con el 1.25% de la recaudacion federal participable que obtenga la Federacion en un ejercicio.

Distribucion del fondo

El Fondo se distribuira entre las entidades federativas conforme a los siguientes criterios:

- I. El 50% del fondo en proporcion al numero de habitantes de cada entidad.
- II. El 50% restante conforme a indicadores de eficiencia recaudatoria en ingresos propios de las entidades.

Objetivo del fondo

El proposito principal de este fondo es incentivar la fiscalizacion y mejorar la recaudacion en las entidades federativas, promoviendo el fortalecimiento de las haciendas publicas locales mediante la premiacion del esfuerzo recaudatorio propio.

Calculo de la eficiencia recaudatoria

La eficiencia recaudatoria se mide considerando la evolucion de la recaudacion de los impuestos y derechos locales, tales como el impuesto predial, los derechos de agua, el impuesto sobre nominas, y otros ingresos propios de las entidades.

Entrega de recursos

Los recursos de este fondo se entregan mensualmente a las entidades con base en las estimaciones de recaudacion federal participable, sujetos a ajustes cuatrimestrales y a un ajuste definitivo al cierre del ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion incentiva a los estados a mejorar sus esfuerzos de cobranza local. En SDV Asesores de Negocio observamos que este fondo motiva a las autoridades estatales a incrementar sus actividades de fiscalizacion, lo cual puede traducirse en revisiones mas frecuentes a los contribuyentes locales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3-B del LCF?

Establece el Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion, integrado con el 1.25% de la recaudacion federal participable, y define los criterios para su distribucion entre las entidades federativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3-B de la Coordinacion Fiscal?

El Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion incentiva a los estados a mejorar sus esfuerzos de cobranza local. En SDV Asesores de Negocio observamos que este fondo motiva a las autoridades estatales a incrementar sus actividades de fiscalizacion, lo cual puede traducirse en revisiones mas frecuentes a los contribuyentes locales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 3-B del LCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 3-B LCF desde tu celular