Establece la procedencia del amparo indirecto contra omisiones de las autoridades que violen derechos humanos del quejoso.
El amparo indirecto procede contra omisiones de la autoridad cuando ésta no realice un acto que de efectuarse crearía, modificaría o extinguiría situaciones jurídicas a favor del quejoso.
En la demanda, el quejoso deberá precisar:
I. La autoridad a quien atribuye la omisión;
II. La obligación legal que la autoridad debió cumplir;
III. Los derechos que le resultan afectados por la omisión; y
IV. El tiempo transcurrido desde que la autoridad debió actuar.
El órgano jurisdiccional analizará si la autoridad tenía el deber legal de actuar y si su omisión afecta los derechos del quejoso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los requisitos de la demanda de amparo indirecto son elementos formales cuyo incumplimiento puede generar prevencion o desechamiento. SDV Asesores prepara demandas que cumplan meticulosamente con todos los requisitos, incluyendo la correcta identificacion de autoridades responsables, actos reclamados, preceptos violados y conceptos de violacion en materia fiscal.
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