Regula el aprovechamiento de recursos forestales en tierras ejidales conforme a la legislacion forestal y de equilibrio ecologico.
Los ejidatarios, comuneros y los ejidos o comunidades que cuenten con terrenos forestales podran constituir sociedades civiles o mercantiles para el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
El aprovechamiento de los recursos forestales requerira la autorizacion de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La regularizacion de los solares urbanos ejidales permite a los titulares obtener escrituras que acrediten su derecho de propiedad. Esta regularizacion es fundamental para el acceso a creditos hipotecarios y para la incorporacion de estas propiedades al mercado inmobiliario formal. SDV Asesores gestiona los procedimientos de regularizacion ante las autoridades competentes.
Art. 5. Dependencias y entidades competentes en materia agraria
Senala que las dependencias y entidades competentes de la Administracion Publica Federal fomentaran el cuidado y conservacion de los recursos naturales.
Art. 87. Proteccion de bosques y selvas ejidales
Establece que cuando los terrenos de un ejido se encuentren ubicados en zonas forestales, su aprovechamiento se sujetara a las disposiciones de la legislacion forestal.
Art. 89. Aguas ejidales y derechos de riego
Establece que el uso y aprovechamiento del agua en los ejidos se sujetara a las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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