Establece los criterios para determinar el valor de las mercancias para efectos de la imposicion de multas y sanciones cuando no se cuente con factura o pedimento, utilizando el valor de mercancias identicas o similares.
Cuando para la imposicion de sanciones sea necesario determinar el valor de las mercancias y no se cuente con factura o pedimento:
- Valor de mercancias identicas o similares importadas en fecha cercana.
- Valor de cotizacion de mercancias identicas en el mercado internacional.
- Avaluo practicado por perito autorizado.
- Cualquier otra informacion disponible que permita una determinacion razonable.
El valor asi determinado servira como base para calcular:
- Las multas porcentuales sobre el valor de las mercancias.
- Las contribuciones omitidas cuando no se tenga otro elemento de determinacion.
El interesado podra presentar pruebas que acrediten un valor diferente al determinado por la autoridad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La determinacion del valor de mercancias para sanciones cuando no hay documentacion utiliza valores de referencia. Esto puede resultar en multas mas altas si el valor de referencia supera el valor real. Los importadores deben conservar siempre la documentacion de valor (facturas, certificados de origen, estudios de precios de transferencia) para sustentar el valor declarado.
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