Enumera las operaciones que pueden realizarse con las mercancias mientras se encuentran en deposito fiscal, sin que ello implique su importacion definitiva o el pago de contribuciones.
Durante el deposito fiscal, las mercancias podran ser objeto de las siguientes operaciones:
- Conservacion y mantenimiento para evitar su deterioro.
- Examen y toma de muestras por potenciales compradores.
- Etiquetado y marcado conforme a las normas mexicanas.
- Empacado y reempacado para su comercializacion.
- Demostracion a clientes potenciales.
- Pruebas de calidad y verificacion.
- Transformacion o elaboracion de las mercancias (esto corresponde al regimen de recinto fiscalizado estrategico).
- Venta directa al publico desde el almacen.
- Uso o consumo de las mercancias.
Todas las operaciones deberan registrarse en el sistema de control del almacen general de deposito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las operaciones permitidas en deposito fiscal incluyen exhibicion, etiquetado, reempaque y otras que no alteren la naturaleza de la mercancia. Esto permite a los importadores preparar sus productos para el mercado mexicano sin pagar impuestos hasta la extraccion. Las empresas de distribucion pueden aprovechar este regimen para mantener inventario sin costo fiscal hasta la venta.
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