EGCP

Artículo 44. Causales de Nulidad Absoluta

Este articulo detalla las situaciones en las que los contratos del Estado son considerados absolutamente nulos, incluyendo inhabilidades y abusos de poder. Es fundamental conocer estas causales para evitar la invalidación de contratos.

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Texto Legal

DE LAS CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA.
Los contratos del Estado son absolutamente nulos en los casos previstos en el derecho común y además cuando:


Notas del Editor


1o. Se celebren con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley;


2o. Se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal;


3o. Se celebren con abuso o desviación de poder;


4o. Se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamenten; y


 


5o. Se hubieren celebrado con desconocimiento de los criterios previstos en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un contrato es declarado nulo por alguna de estas causales, la entidad debe proceder a su terminacion y liquidacion, lo que puede generar costos adicionales y retrasos en proyectos en curso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del EGCP?

Este articulo detalla las situaciones en las que los contratos del Estado son considerados absolutamente nulos, incluyendo inhabilidades y abusos de poder. Es fundamental conocer estas causales para evitar la invalidación de contratos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la Estatuto Contratación Pública?

Si un contrato es declarado nulo por alguna de estas causales, la entidad debe proceder a su terminacion y liquidacion, lo que puede generar costos adicionales y retrasos en proyectos en curso.

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