L789

Artículo 49. Programas de actualizacion del SENA

El articulo 49 establece que el SENA ofrecerá programas de actualización para instructores vinculados a empresas autorizadas. Esto incluye un sistema de reembolso económico para las empresas que impartan formación.

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Texto Legal

de la Ley 119 de 1994, el SENA ofrecerá regularmente programas de actualización para instructores, en los que podrán participar aquellos vinculados a las empresas autorizadas, pagando el costo que fije el SENA.


PARÁGRAFO 3o.
Las empresas que reciban autorización por parte del SENA para impartir la formación educativa, solicitarán el reembolso económico del costo de la formación, cuyo monto será definido por el SENA tomando en consideración los costos equivalentes en que incurre el SENA en cursos de formación similares. En ningún caso el monto reembolsable al año por empresa podrá superar el 50% del valor de los aportes parafiscales al SENA de la respectiva empresa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas pueden aprovechar los reembolsos del SENA para reducir costos en capacitaciones. No solicitar este reembolso puede significar perder una oportunidad de financiamiento que mejora la competitividad de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del L789?

El articulo 49 establece que el SENA ofrecerá programas de actualización para instructores vinculados a empresas autorizadas. Esto incluye un sistema de reembolso económico para las empresas que impartan formación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la Reforma Laboral 2002?

Las empresas pueden aprovechar los reembolsos del SENA para reducir costos en capacitaciones. No solicitar este reembolso puede significar perder una oportunidad de financiamiento que mejora la competitividad de la empresa.

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