L789

Artículo 38. Reconocimiento para formación directa

Este articulo establece los requisitos que las empresas deben cumplir para impartir formación directamente a aprendices, incluyendo la autorización del SENA. Es fundamental para la gestión de la formación.

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Texto Legal

RECONOCIMIENTO PARA EFECTOS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL IMPARTIDA DIRECTAMENTE POR LA EMPRESA.
Las empresas que deseen impartir directamente la formación educativa a sus aprendices requerirán de autorización del SENA para dictar los respectivos cursos, para lo cual deberán cumplir las siguientes condiciones:


1. Ofrecer un contenido de formación lectiva y práctica acorde con las necesidades de la formación profesional integral y del mercado de trabajo.


2. Disponer de recursos humanos calificados en las áreas en que ejecuten los programas de formación profesional integral.


3. Garantizar, directamente o a través de convenios con terceros, los recursos técnicos, pedagógicos y administrativos que garanticen su adecuada implementación.


El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, deberá pronunciarse sobre la solicitud de autorización de estos cursos de formación profesional dentro de los 30 días hábiles siguientes a su presentación. Si no lo hiciere, se entenderá aprobada la solicitud.


En todo caso, la respuesta negativa por parte de la entidad deberá estar motivada con las razones por las cuales no se cumplen adecuadamente los requisitos e indicar de manera expresa las exigencias que deben ser subsanadas por la empresa para acceder a la autorización.


PARÁGRAFO 1o.
Las empresas cuyos cursos sean autorizados por el SENA, deberán encontrarse a paz y salvo con la entidad de seguridad social, ICBF, SENA y Cajas de Compensación, por todo concepto y mantener esta condición durante todo el tiempo de la autorización.


PARÁGRAFO 2o.
Conforme a lo dispuesto en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Obtener la autorización del SENA para impartir formación permite a las empresas personalizar la capacitación de sus aprendices, alineándola con sus necesidades específicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del L789?

Este articulo establece los requisitos que las empresas deben cumplir para impartir formación directamente a aprendices, incluyendo la autorización del SENA. Es fundamental para la gestión de la formación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la Reforma Laboral 2002?

Obtener la autorización del SENA para impartir formación permite a las empresas personalizar la capacitación de sus aprendices, alineándola con sus necesidades específicas.

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