ET

Artículo 9. Sujeto del impuesto en la sociedad conyugal

Define que durante la liquidación de la sociedad conyugal, cada cónyuge sigue siendo sujeto del impuesto, lo que afecta la tributación de sus bienes.

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Texto Legal

> Los cónyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas.


Durante el proceso de liquidación de la sociedad conyugal, el sujeto del impuesto sigue siendo cada uno de los cónyuges, o la sucesión ilíquida, según el caso.


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los cónyuges comprendan cómo se gravan sus bienes durante la liquidación para evitar sorpresas fiscales y planificar adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del ET?

Define que durante la liquidación de la sociedad conyugal, cada cónyuge sigue siendo sujeto del impuesto, lo que afecta la tributación de sus bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la Estatuto Tributario?

Es fundamental que los cónyuges comprendan cómo se gravan sus bienes durante la liquidación para evitar sorpresas fiscales y planificar adecuadamente.

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