L2010

Artículo 144. Empresas de licores

Las empresas de licores conservarán su naturaleza jurídica actual, mientras que las nuevas deberán ser empresas del Estado. Esto regula el monopolio rentístico en el sector.

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Texto Legal

EMPRESAS DE LICORES DE LOS DEPARTAMENTOS.

Las empresas de licores de los departamentos, que tienen en el ejercicio del monopolio rentístico, conservarán la naturaleza jurídica que tengan a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Las que se creen en adelante deberán ser empresas industriales y comerciales del Estado, del orden Departamental.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las nuevas empresas deben adaptarse a un marco más estricto, lo que puede limitar la competencia y afectar la inversión en el sector.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 144 del L2010?

Las empresas de licores conservarán su naturaleza jurídica actual, mientras que las nuevas deberán ser empresas del Estado. Esto regula el monopolio rentístico en el sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 144 de la Ley Crecimiento 2019?

Las nuevas empresas deben adaptarse a un marco más estricto, lo que puede limitar la competencia y afectar la inversión en el sector.

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