L1819

Artículo 234. Ingresos y pagos del FEPC

Los ingresos y pagos del FEPC, administrados por el Ministerio de Hacienda, no generarán operación presupuestal. Esto implica un manejo específico de los recursos.

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Texto Legal

Los ingresos y pagos efectivos con cargo a los recursos del FEPC, que realice la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de administrador del FEPC, no generarán operación presupuestal alguna.


PARTE XI.


INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA CERRAR LAS BRECHAS DE DESIGUALDAD SOCIOECONÓMICA EN LAS ZONAS MÁS AFECTADAS POR EL CONFLICTO ARMADO (ZOMAC).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental entender cómo se manejan estos recursos, ya que pueden influir en la planificación financiera de proyectos relacionados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 234 del L1819?

Los ingresos y pagos del FEPC, administrados por el Ministerio de Hacienda, no generarán operación presupuestal. Esto implica un manejo específico de los recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 234 de la Reforma Estructural 2016?

Es fundamental entender cómo se manejan estos recursos, ya que pueden influir en la planificación financiera de proyectos relacionados.

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