Los sujetos pasivos que no transfieran a tiempo la contribución parafiscal al combustible deberán pagar intereses de mora. Esto está regulado por la Ley 1066 de 2006.
Los sujetos pasivos que no transfieran oportunamente los recursos correspondientes a la contribución parafiscal al combustible a la entidad administradora, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento, pagarán intereses de mora de acuerdo con lo previsto en la Ley 1066 de 2006.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento en la transferencia de recursos puede generar costos adicionales por intereses, afectando tus finanzas.
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