L1819

Artículo 233. Intereses de mora por contribucion

Los sujetos pasivos que no transfieran a tiempo la contribución parafiscal al combustible deberán pagar intereses de mora. Esto está regulado por la Ley 1066 de 2006.

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Texto Legal

Los sujetos pasivos que no transfieran oportunamente los recursos correspondientes a la contribución parafiscal al combustible a la entidad administradora, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento, pagarán intereses de mora de acuerdo con lo previsto en la Ley 1066 de 2006.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento en la transferencia de recursos puede generar costos adicionales por intereses, afectando tus finanzas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 233 del L1819?

Los sujetos pasivos que no transfieran a tiempo la contribución parafiscal al combustible deberán pagar intereses de mora. Esto está regulado por la Ley 1066 de 2006.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 233 de la Reforma Estructural 2016?

El incumplimiento en la transferencia de recursos puede generar costos adicionales por intereses, afectando tus finanzas.

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