El articulo 92 establece que las pruebas en procesos de seleccion son reservadas, garantizando la confidencialidad de los aspirantes. Esto protege la integridad del proceso de seleccion.
dispone que las pruebas que se aportan durante el proceso de selección son reservadas y sólo pueden ser conocidas por los empleados responsables del proceso. Cosa distinta es que los resultados pueden ser conocidos por todos los aspirantes.
Como no se trata de un proceso disciplinario, sino de un proceso de selección, no encuentra la Corte inexequibilidad alguna en la norma; se trata de una medida universalmente aceptada en los procesos de selección, y la reserva es apenas un mínimo razonable de autonomía necesaria para la independencia de los seleccionadores y una protección, también, a la intimidad de los aspirantes
.” (subrayado fuera de texto).
En suma, las reservas legales que figuran en el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben manejar con cuidado la informacion de los aspirantes para evitar filtraciones que puedan comprometer la integridad del proceso de seleccion y generar desconfianza.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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