EAI

Artículo 109. Solicitud de nulidad

La solicitud de nulidad puede presentarse antes de la decisión final y debe resolverse en un plazo de cinco días. Esto permite a las partes cuestionar decisiones antes de que se cierre el proceso.

nulidaddecisionesresponsabilidad fiscal

Texto Legal

OPORTUNIDAD Y REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE NULIDAD.
La solicitud de nulidad podrá formularse hasta antes de proferirse la decisión final, la cual se resolverá dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su presentación.


Contra el auto que decida sobre la solicitud de nulidad procederá el recurso de apelación, que se surtirá ante el superior del funcionario que profirió la decisión.


SUBSECCIÓN III.


DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y AL PROCEDIMIENTO VERBAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La posibilidad de solicitar nulidad brinda una oportunidad para corregir errores en el proceso. Sin embargo, si no se presenta a tiempo, se pierde esta opción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 109 del EAI?

La solicitud de nulidad puede presentarse antes de la decisión final y debe resolverse en un plazo de cinco días. Esto permite a las partes cuestionar decisiones antes de que se cierre el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 109 de la Estatuto Anticorrupción?

La posibilidad de solicitar nulidad brinda una oportunidad para corregir errores en el proceso. Sin embargo, si no se presenta a tiempo, se pierde esta opción.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 109 del EAI?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 109 EAI desde tu celular