L1150

Artículo 31. Régimen de transición

Este articulo establece que los procesos de contratación en curso continuarán bajo las normas vigentes al momento de su inicio. Es importante para garantizar la estabilidad en la ejecución de contratos existentes.

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Texto Legal

RÉGIMEN DE TRANSICIÓN.
Los procesos de contratación en curso a la fecha en que entre a regir la presente ley, continuarán sujetos a las normas vigentes al momento de su iniciación. Los contratos o convenios a que se refiere el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este régimen protege los contratos ya iniciados, evitando cambios abruptos en las condiciones que podrían afectar la ejecución y cumplimiento de los mismos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del L1150?

Este articulo establece que los procesos de contratación en curso continuarán bajo las normas vigentes al momento de su inicio. Es importante para garantizar la estabilidad en la ejecución de contratos existentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Transparencia Contratación 2007?

Este régimen protege los contratos ya iniciados, evitando cambios abruptos en las condiciones que podrían afectar la ejecución y cumplimiento de los mismos.

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