LGSS

Artículo 31. Concepto de Prima Media

Se define el régimen de Prima Media con Prestación Definida, que garantiza pensiones de vejez, invalidez o sobrevivientes.

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Texto Legal

CONCEPTO.
El régimen de Prima Media con Prestación Definida es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas, de acuerdo con lo previsto en el presente Título.


Serán aplicables a este régimen las disposiciones vigentes para los seguros de invalidez, vejez y muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales, con las adiciones, modificaciones y excepciones contenidas en esta ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este régimen es fundamental para la seguridad social, y entenderlo es clave para que los trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones al momento de pensionarse.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LGSS?

Se define el régimen de Prima Media con Prestación Definida, que garantiza pensiones de vejez, invalidez o sobrevivientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Sistema Seguridad Social?

Este régimen es fundamental para la seguridad social, y entenderlo es clave para que los trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones al momento de pensionarse.

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