LGSS

Artículo 270. Prelación de créditos

Los créditos exigibles por cotizaciones y sus intereses tienen una alta prioridad en el Sistema General de Pensiones y Seguridad Social en Salud. Esto garantiza que se cumplan las obligaciones financieras del sistema.

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Texto Legal

PRELACIÓN DE CRÉDITOS.
Los créditos exigibles por concepto de las cotizaciones y los intereses a que hubiere lugar, tanto en el Sistema General de Pensiones como en el Sistema de Seguridad Social en Salud, pertenecen a la primera clase de que trata el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento en el pago de estas cotizaciones puede generar sanciones y afectar la sostenibilidad del sistema de seguridad social.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 270 del LGSS?

Los créditos exigibles por cotizaciones y sus intereses tienen una alta prioridad en el Sistema General de Pensiones y Seguridad Social en Salud. Esto garantiza que se cumplan las obligaciones financieras del sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 270 de la Sistema Seguridad Social?

El incumplimiento en el pago de estas cotizaciones puede generar sanciones y afectar la sostenibilidad del sistema de seguridad social.

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