LGSS

Artículo 240. Cajas de compensación familiar

Las Cajas de Compensación Familiar que opten por prestar servicios de salud deben cumplir con los plazos establecidos en la ley. Esto es clave para la regulación del sector salud.

cajas de compensaciónsaludservicios

Texto Legal

DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR.
Las Cajas de Compensación Familiar que sin haberse transformado en Entidades Promotoras de Salud opten por prestar los servicios propios de estas entidades, tendrán el mismo plazo contemplado en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con los plazos puede resultar en la pérdida de la capacidad de ofrecer servicios de salud, afectando a los beneficiarios y generando conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 240 del LGSS?

Las Cajas de Compensación Familiar que opten por prestar servicios de salud deben cumplir con los plazos establecidos en la ley. Esto es clave para la regulación del sector salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 240 de la Sistema Seguridad Social?

No cumplir con los plazos puede resultar en la pérdida de la capacidad de ofrecer servicios de salud, afectando a los beneficiarios y generando conflictos legales.

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