Detalla las obligaciones de afiliación y cotización durante el periodo de transición. Asegura la continuidad del sistema de salud.
DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
No obstante lo previsto en el artículo anterior, las obligaciones de afiliación y cotización consagradas en las leyes vigentes serán exigibles para empleadores y trabajadores durante el período de transición.
Quienes al momento de entrar en vigencia la presente Ley, se encuentren afiliados al Instituto de Seguros Sociales, podrán trasladarse a otra Entidad Promotora de Salud debidamente aprobada sólo cuando la subcuenta de compensación del Fondo de Solidaridad y Garantía, de que habla el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en desprotección de los afiliados y sanciones para los empleadores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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