LGSS

Artículo 22. Obligaciones del empleador

El empleador es responsable del pago de aportes, incluyendo los de los trabajadores, y debe cumplir con los plazos establecidos.

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Texto Legal

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.
El empleador será responsable del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores a su servicio. Para tal efecto, descontará del salario de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones obligatorias y el de las voluntarias que expresamente haya autorizado por escrito el afiliado, y trasladará estas sumas a la entidad elegida por el trabajador, junto con las correspondientes a su aporte, dentro de los plazos que para el efecto determine el Gobierno.


El empleador responderá por la totalidad del aporte aun en el evento de que no hubiere efectuado el descuento al trabajador.


Notas del Editor

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones para el empleador y afectar la seguridad social de los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LGSS?

El empleador es responsable del pago de aportes, incluyendo los de los trabajadores, y debe cumplir con los plazos establecidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la Sistema Seguridad Social?

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones para el empleador y afectar la seguridad social de los trabajadores.

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