LGSS

Artículo 104. Comisiones de Administradoras

Las administradoras cobrarán comisiones de administración, cuyos montos y condiciones serán fijados por la Superintendencia Financiera. Esto asegura que las comisiones sean justas y transparentes.

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Texto Legal

COMISIONES.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los afiliados conozcan las comisiones que se les cobrarán, ya que estas pueden impactar sus rendimientos a largo plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LGSS?

Las administradoras cobrarán comisiones de administración, cuyos montos y condiciones serán fijados por la Superintendencia Financiera. Esto asegura que las comisiones sean justas y transparentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la Sistema Seguridad Social?

Es importante que los afiliados conozcan las comisiones que se les cobrarán, ya que estas pueden impactar sus rendimientos a largo plazo.

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