El SAT establece el procedimiento, requisitos y plazos para solicitar la devolucion de saldos a favor del IVA, incluyendo el tramite especial para exportadores y la devolucion inmediata de contribuyentes certificados.
El articulo 6 de la Ley del IVA establece que cuando resulte saldo a favor en la declaracion mensual, el contribuyente podra acreditarlo contra el impuesto a cargo de los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolucion. El SAT interpreta que la devolucion procede mediante solicitud presentada a traves del Formato Electronico de Devoluciones (FED) y que la autoridad debe resolverla dentro de los plazos legales.
- Articulo 6 de la Ley del IVA
- Articulo 22 del CFF (devolucion de cantidades a favor)
- Regla 2.3.4 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026
La autoridad debe resolver la solicitud de devolucion en un plazo de 40 dias habiles contados a partir de la presentacion de la solicitud completa. Para contribuyentes dictaminados, el plazo es de 25 dias habiles. Si la autoridad requiere informacion adicional, el contribuyente tiene 20 dias habiles para proporcionarla y el plazo de resolucion se suspende.
Los contribuyentes que realicen exportaciones pueden solicitar la devolucion del IVA mediante el mecanismo de devolucion inmediata (Programa de Devolucion de IVA a Exportadores - Decreto DIVA), con plazos de resolucion de 20 dias habiles. Para acceder a este beneficio, el contribuyente debe cumplir con los requisitos del programa y estar al corriente en sus obligaciones fiscales.
Los contribuyentes con certificacion en materia de IVA y IEPS (empresas IMMEX, OEA) pueden obtener la devolucion en un plazo de 10 dias habiles mediante un procedimiento simplificado. Esta certificacion se obtiene cumpliendo requisitos especificos de control de inventarios, seguridad y cumplimiento fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La devolucion de saldos a favor de IVA es un proceso que requiere preparacion meticulosa. El SAT revisa detalladamente la materialidad de las operaciones que generaron el saldo a favor. Recomendamos preparar un expediente completo con CFDI, contratos, estados de cuenta bancarios y evidencia de la prestacion de servicios o entrega de bienes antes de presentar la solicitud.
Art. 2/IVA/N. Tasa 0% del IVA en exportacion de bienes y servicios
El SAT precisa los supuestos en que aplica la tasa del 0% del IVA por exportacion de bienes tangibles e intangibles y por servicios aprovechados en el extranjero, conforme al articulo 29 de la LIVA.
Art. 3/IVA/N. Acreditamiento del IVA - Requisitos y proporcion
El SAT interpreta los requisitos para el acreditamiento del IVA trasladado al contribuyente, incluyendo la proporcion de acreditamiento cuando se realizan actos gravados y exentos.
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