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Artículo 5/ISR/N. Regimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas fisicas - Requisitos

El SAT precisa los requisitos, obligaciones y limites del Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas, incluyendo el tope de ingresos de 3.5 millones de pesos y las causales de exclusion.

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Texto Legal

Criterio 5/ISR/N - RESICO personas fisicas requisitos

Interpretacion normativa

Los articulos 113-E al 113-J de la Ley del ISR regulan el Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas. El SAT interpreta que este regimen es de aplicacion obligatoria para las personas fisicas que realicen actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento, siempre que sus ingresos del ejercicio inmediato anterior no excedan de 3.5 millones de pesos. No es un regimen optativo; los contribuyentes que cumplan los requisitos deben tributar en el.

Fundamento legal

- Articulos 113-E a 113-J de la Ley del ISR
- Reglas 3.13.1 a 3.13.25 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026
- Articulo Segundo Transitorio de la LISR 2022

Requisitos para tributar en RESICO

Los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos: (1) Ser persona fisica con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento. (2) Que sus ingresos totales del ejercicio anterior no excedan de $3,500,000 pesos. (3) Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales. (4) No ser socio, accionista o integrante de personas morales (con excepciones). (5) No ser residente en el extranjero con establecimiento permanente en Mexico. (6) No percibir ingresos sujetos a regimenes fiscales preferentes.

Causales de exclusion

El SAT puede excluir del RESICO a los contribuyentes que: (1) excedan el limite de ingresos durante el ejercicio; (2) incumplan con la obligacion de emitir CFDI; (3) no presenten las declaraciones mensuales o anuales dentro de los plazos; (4) omitan tres o mas pagos mensuales consecutivos o cuatro alternados en un ejercicio; (5) no emitan CFDI por la totalidad de sus ingresos. La exclusion surte efectos a partir del ejercicio siguiente.

Tasas del RESICO

Las tasas del ISR en RESICO van del 1% al 2.5% sobre los ingresos efectivamente cobrados, dependiendo del monto de ingresos del periodo. Estas tasas sustituyen la tarifa progresiva del ISR y no se permite la deduccion de gastos ni la aplicacion de deducciones personales (salvo en la declaracion anual para efectos de devolucion).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El RESICO es el regimen mas benefico para personas fisicas con ingresos menores a 3.5 millones. Sin embargo, la obligacion de emitir CFDI por la totalidad de ingresos y presentar declaraciones oportunamente es estricta. La omision de declaraciones puede causar la exclusion del regimen, obligando al contribuyente a tributar en el regimen general con tasas significativamente mas altas. Recomendamos implementar alertas de vencimiento de declaraciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5/ISR/N del CN SAT?

El SAT precisa los requisitos, obligaciones y limites del Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas, incluyendo el tope de ingresos de 3.5 millones de pesos y las causales de exclusion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5/ISR/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: El RESICO es el regimen mas benefico para personas fisicas con ingresos menores a 3.5 millones. Sin embargo, la obligacion de emitir CFDI por la totalidad de ingresos y presentar declaraciones oportunamente es estricta. La omision de declaraciones puede causar la exclusion del regimen, obligando al contribuyente a tributar en el regimen general con tasas significativamente mas altas. Recomendamos implementar alertas de vencimiento de declaraciones.

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